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Economía

Nueva Ley para los monotributistas

Novedad para los monotributistas.

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Al aprobarse la nueva ley del Monotributo, la AFIP comunico hoy que habilitara la recategorizacion de los contribuyentes el próximo miércoles 28 de julio. El tiempo para hacer el trámite será hasta el 18 de agosto, mientras el vencimiento de la cuota correspondiente al octavo mes, se pasa al 27 de agosto. El monto de la nueva categoría, en caso de que se quiera reubicar en la tabla, deberá ser pagado entre el mes de agosto de este año, y enero del 2022. El cambio no tiene efectos, por lo tanto, sobre la cuota de julio.

¿Qué dice la nueva ley?

A partir de este mes, según la iniciativa votada anoche en el senado nacional, los tops de facturación anual en cada escalón de la tabla serán las siguientes categorías: categoría A: $370.000; B: $550.000; C: $770.000; D: $1.060.000; E: $1.400.000; F: $1.750.000; G: $2.100.000; categoría H (la máxima para la actividad de prestación de servicios): $2.600.000. En los tres escalones en los que solo pueden estar quienes se dedican a la venta de cosas muebles, los importes serán: categoría I: $2.910.000; J: $3.335.000, y K:$3.700.000.

El incremento de los importes, agregando a la que se había sumado en junio, pero con vigencia desde enero, causara que las personas que tal vez, hubieran tenido que subir de categoría si seguía rigiendo la tabla anterior, ahora no deban hacerlo. O que, por ejemplo, alguno que iba a quedarse donde estaba y ahora baje el escalón. Todo depende de cómo le fue con sus ingresos

Estos nuevos valores deben ser tenidos en cuenta para la anunciada recategorización, ya que es una obligación que todos los años debe cumplirse en los meses de enero y julio, pero que a principios de este mes quedo suspendida, porque estaba pendiente la aprobación del proyecto ingresado al Congreso en junio, para poder corregir aspectos de una ley votada en abril. Este trámite a cargo de cada contribuidor, consta comparar los ingresos de los últimos 12 meses con los que están permitidos en cada categoría, para verificar si se debe ir a otro casillero o seguir en el que está.

Lo que no se modificó, es el valor de los otros parámetros que tienen como fin, decidir si un contribuyente puede ser monotributista y cuál es su categoría correspondiente. De esta forma, los alquileres devengados anualmente tienen un límite de $423.667,03 en las categorías más altas (de la H a la K), en tanto que el precio unitario máximo en la actividad comercial es de $39.401,62 (en este último caso no se diferencia el monto según rango de ingresos).

Por efecto de la ley 27.618, aprobada en abril último, los valores de la tabla del sistema (tanto de los importes a pagar como de las facturaciones máximas de cada categoría) se habían incrementado con efecto desde enero de este año, en igual porcentaje de suba que tuvo el haber mínimo previsional en 2020, es decir, en un 35,3%. La normativa votada anoche vuele atrás con los reajustes retroactivos de las cuotas, que habían generado deudas de los contribuyentes con el fisco, y mantiene los valores incrementados en el caso de los topes de ingresos. Así, durante el actual 2021 hay dos tablas del monotributo: una correspondiente al primer semestre y la otra, al segundo.

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